Solicitud de Arbitraje de Consumo
Publicado: Lun Abr 21, 2008 12:17 pm
Luego de leer constantemente problemas que tienen los usuarios con sus respectivas compañías de celulares, creo que un recurso que no se tuvo en cuenta todavía es la posibilidad de los arbitrajes de consumo. Para eso armé la siguiente guía, que sirve para todo producto o servicio, incluída la telefonía.
Arbitrajes de Consumo
¿En qué consisten?
El arbitraje de consumo es un procedimiento alternativo de resolución de conflictos de consumo con plazos de gestión abreviados, con resoluciones definitivas sobre el caso (laudo arbitral) y gratuito. El arbitraje puede ser solicitado exclusivamente por los consumidores. El sometimiento al arbitraje es voluntario para las empresas. En caso de que éstas no acepten someterse a la decisión arbitral, el caso se tratará como una denuncia por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
En caso de que sea aceptada la competencia arbitral por la empresa, la decisión del Tribunal es obligatoria e inapelable.
¿Cómo se hace?
1.- Consultar acerca de la posibilidad de que el problema pueda ser tratado mediante el Arbitraje de Consumo. Línea Gratuita de Orientación al Consumidor 0800-666-1518. Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo Tel.: (011) 4349-4172/4175 o personalmente en Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 8, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2.- Concurrir personalmente para solicitar el Arbitraje con la documentación pertinente en Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 8, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3.- Concurrir a la audiencia que establezca el Tribunal en Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 8, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cuándo es necesario realizarlo
El consumidor tiene tres años contados a partir de la fecha de la operación comercial, a excepción de las de trato sucesivo (vgr. Medicina prepaga, Tarjetas de Crédito) cuyo plazo se computa a partir de la fecha en que se produce el hecho que origina la intervención del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo.
Documentación. Requisitos
1.- Formulario completo en original que provee el Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo disponible: http://www.mecon.gov.ar/snac/basehome/c ... icitar.htm
2.- Documento que acredite el vínculo de consumo (factura, recibo, presupuesto, solicitud de servicio, etc.) con la empresa reclamada. Original para exhibir y una copia simple.
3.- Toda otra documentación que acredite los dichos y hechos denunciados (reclamos anteriores efectuados ante la empresa, promociones, folletos, reglamentos de uso, garantía, publicidad gráfica). Esta documentación es de carácter complementario. Original para exhibir y una copia simple.
4.- Poder (en caso de actuar con apoderado). En Original para exhibir y una copia simple.
(Las compañias telefónicas están adheridas al SNAC - Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo, así que el formulario es http://www.mecon.gov.ar/snac/formu5.pdf)
Los trámites son individuales y se hacen con la presencia de las partes (hay que concurrir a las reuniones para llegar a un acuerdo).
Espero que se animen y hagan valer sus derechos.
Un saludo!
Arbitrajes de Consumo
¿En qué consisten?
El arbitraje de consumo es un procedimiento alternativo de resolución de conflictos de consumo con plazos de gestión abreviados, con resoluciones definitivas sobre el caso (laudo arbitral) y gratuito. El arbitraje puede ser solicitado exclusivamente por los consumidores. El sometimiento al arbitraje es voluntario para las empresas. En caso de que éstas no acepten someterse a la decisión arbitral, el caso se tratará como una denuncia por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
En caso de que sea aceptada la competencia arbitral por la empresa, la decisión del Tribunal es obligatoria e inapelable.
¿Cómo se hace?
1.- Consultar acerca de la posibilidad de que el problema pueda ser tratado mediante el Arbitraje de Consumo. Línea Gratuita de Orientación al Consumidor 0800-666-1518. Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo Tel.: (011) 4349-4172/4175 o personalmente en Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 8, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2.- Concurrir personalmente para solicitar el Arbitraje con la documentación pertinente en Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 8, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3.- Concurrir a la audiencia que establezca el Tribunal en Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 8, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cuándo es necesario realizarlo
El consumidor tiene tres años contados a partir de la fecha de la operación comercial, a excepción de las de trato sucesivo (vgr. Medicina prepaga, Tarjetas de Crédito) cuyo plazo se computa a partir de la fecha en que se produce el hecho que origina la intervención del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo.
Documentación. Requisitos
1.- Formulario completo en original que provee el Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo disponible: http://www.mecon.gov.ar/snac/basehome/c ... icitar.htm
2.- Documento que acredite el vínculo de consumo (factura, recibo, presupuesto, solicitud de servicio, etc.) con la empresa reclamada. Original para exhibir y una copia simple.
3.- Toda otra documentación que acredite los dichos y hechos denunciados (reclamos anteriores efectuados ante la empresa, promociones, folletos, reglamentos de uso, garantía, publicidad gráfica). Esta documentación es de carácter complementario. Original para exhibir y una copia simple.
4.- Poder (en caso de actuar con apoderado). En Original para exhibir y una copia simple.
(Las compañias telefónicas están adheridas al SNAC - Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo, así que el formulario es http://www.mecon.gov.ar/snac/formu5.pdf)
Los trámites son individuales y se hacen con la presencia de las partes (hay que concurrir a las reuniones para llegar a un acuerdo).
Espero que se animen y hagan valer sus derechos.
Un saludo!