El Gobierno publicó en el Boletín Oficial, la resolución que indica que quienes quieran adquirir productos vía on line deberán completar una declaración jurada

La medida que fue publicada hoy en el Boletín Oficial bajo la Resolución General 3579 y que lleva la firma del titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos( AFIP), Ricardo Echegaray, busca además controlar y rastrear las direcciones de Internet donde se venden los distintos productos.
"Por razones de administración tributaria, corresponde establecer un procedimiento de presentación de declaración jurada a fin de optimizar la trazabilidad de las operaciones realizadas", se afirma en los considerandos de la resolución.
La fuga de dólares bajo cualquier vía preocupa al Gobierno: las reservas ya perforaron la barrera de los 30 mil millones de dólares. Bajo ese precepto, desde la Aduana ya había reforzado los controles a las compras de exterior por Internet. Desde diciembre pasado, tal como informó LA NACION, se revisan casi todos los paquetes que llegan, algo que antes hacía de modo aleatorio.
De tener apenas un par de oficiales dedicados al control de mercaderías, en los últimos tiempos se habría creado en Ezeiza hasta una comisión con más de 18 personas.
Debido a los escasos controles, hasta ahora, los argentinos ingresaban textiles o incluso electrónica que compraban por Internet sin inconvenientes. Con la nueva medida el Gobierno busca revertir la situación.
Fuente: http://goo.gl/vDzhwY
A quiénes afectan los controles de la AFIP a los envíos del exterior
Un millón y medio de argentinos realizaron transacciones por Internet en sitios extranjeros en 2013, el doble que el año anterior; esto incluye desde la adquisición de productos en tiendas minoristas, hasta servicios y aplicaciones, fuera de la lupa de la AFIP

"En 2012 unos 750.000 argentinos concretaron transacciones on line en tiendas del exterior, y estimamos para 2013 que esa cifra llegó al millón y medio de usuarios locales", dijo Patricia Jebsen, presidenta de la CACE, al ser consultada por LA NACION.
Las cifras proporcionadas por la CACE, que se presentarán oficialmente la próxima semana, alcanzan tanto a la compra de servicios digitales como a los pedidos de productos en tiendas minoristas con envío por correo y entrega a domicilio (es decir, no distinguen qué es lo que se compró). La popularidad de los envíos a domicilio es lo que motivó que la AFIP frenara primero los envíos a domicilio en la Aduana y haya puesto en vigencia una norma promulgada hace años pero que hasta ahora no se había respetado.
De esta forma, dentro de ese millón y medio de argentinos que realizan transacciones on line también se encuentran aquellos que adquirieron cosas que están fuera de los recientes controles de la AFIP, tales como los abonos de streaming, acceso a catálogos de música y video por Internet de plataformas como Spotify y Netflix, junto a la compra de aplicaciones para teléfonos móviles y tabletas.
Cómo completar el formulario de la AFIP para hacer compras en el exterior con envío a domicilio
Durante 2012, unos 750.000 argentinos realizaron transacciones on line en sitios extranjeros, un 7,53 por ciento de los 10 millones de usuarios locales que optaron por comprar por Internet. Durante el último año, la demanda por la compra de productos en sitios como DealExtreme, AliExpress y Focal Price, entre otras, generó una demanda inusitada de entregas de productos a domicilio, alentada por las tiendas on line chinas que no cobran el envío si el monto es reducido.
La nueva reglamentación de la AFIP vuelve a poner en escena, de la mano de una declaración jurada, la franquicia de 25 dólares por persona al momento de realizar una compra on line; si el valor es superior, se debe pagar el 50% del excedente.
A su vez, esta medida se suma al incremento del 35 por ciento en el consumo de las tarjetas destinadas para el turismo y en las compras en el extranjero, que se habían anunciado en diciembre de 2013.
Algunos puntos por tener en cuenta:
• La medida sólo afecta a las compras de objetos físicos que se envían por correo, no a la adquisición de bienes o servicios digitales (que sólo abonan el 35% adicional a la compra, a cuenta del pago de Ganancias)
• El pago del 50% sobre el valor de la compra se hace si supera los 25 dólares anuales que tiene permitido cada ciudadano
• Ese cálculo debe hacerse sobre el total, es decir, sumando el precio de la compra e incluyendo los gastos de envío si los hubiere
• Con la declaración jurada y el comprobante de pago se debe ir a la Aduana a buscar el paquete, sin importar el servicio de envío que se haya usado
• La declaración jurada debe hacerse incluso para compras que se hicieron antes de hoy; es decir, todo lo que llegue a la Aduana desde hoy en más debe retirarse con el comprobante de pago
Fuente: http://goo.gl/TSkFtV